Diferencia entre revisiones de «habilitado»

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{{ejemplo|El ''habilitado'' cobrará las consignaciones para el personal y material del Ministerio y hará su distribución con arreglo a las nóminas|título=Boletín de la Revista general de legislación y jurisprudencia|apellidos=Ilustre Colegio de Abogados de Madrid|nombre=|año=1898|páginas=[http://books.google.es/books?id=p7oYAAAAYAAJ&pg=PA470&dq=%22el+habilitado%22 pág. 470]|ubicación=Madrid|volumen=Tomo 106, año 46}}
 
;2 {{Derecho}}: {{ucf|ayudante}} o [[suplente]] [[judicial]]es que tiene [[autorización]] legal para [[sustituir]] temporalmente al [[titular]] de un cargo.
[[Categoría:ES:Ocupaciones]]