animus domini
animus domini | |
pronunciación (AFI) | [aˌni.mus ð̞oˈmi.ni] |
rima | i.ni |
Etimología
editarDel latín animus domini.
Locución sustantiva
editar- 1 Derecho
- Elemento esencial en la posesión (relación de poder, en derecho real) que implica, la intención o voluntad que tiene una persona respecto a una cosa, de comportarse como su propietario, lo sea o no. Éste elemento, es lo que diferencia a la posesión de la tenencia (la otra relación de poder existente en derecho real), ya que en esta última, no existe ANIMUS DOMINI, por lo tanto si bien es verdad que detenta (tiene) la cosa efectivamente, reconoce en otro la posesión o propiedad.[1]
Referencias y notas
editar- ↑ DICCIONARIO DE CIENCIAS JURIDICAS POLITICAS Y SOCIALES. Página 86. Editorial: Heliasta S.R.L 1992.